ARTICULO.6.-Enseñanza de mecanismos


Art. 6.- Enseñanza de mecanismos, medios, formas e instrumentos de comunicación.- La
autoridad educativa nacional velará y supervisará que en los establecimientos educativos públicos y
privados, se implemente la enseñanza de los diversos mecanismos, medios, formas e instrumentos de
comunicación para las personas con discapacidad, según su necesidad.







Comentario Personal

Las autoridades vigilaran los establecimientos educativos públicos y privados se implementen diversos de  métodos par a la enseñanza de personas  discapacitadas como diversos mecanismos medios formas e instrumentos de  comunicación
Estas personas  necesitan una educación especial la cual es brindad por diferentes instituciones especializadas en diferentes discapacidades y saben como tratar con esa discapacidad  pues poseen mecanismos y métodos de  enseñanza


VÍDEO SOBRE EL TEMA



No hay comentarios:

Publicar un comentario